Residencia
De acuerdo con la Ley de Residencia (''Diario Oficial'' N. 144/12, 158/13, 114/22), es obligación de todos aquellos que viven en el extranjero por un periodo superior a un año informar de su salida temporal de la República de Croacia, es decir, dar de baja su residencia de la República de Croacia.
Si la estancia prevista en el extranjero es temporal, deberá informar de susalida temporal fuera de la República de Croacia.
En tal caso, se adjunta a la solicitud lo siguiente:
- documento de identidad válido
- prueba de estancia en el extranjero (certificado de dirección de residencia temporal)
- prueba del motivo de la estancia en el extranjero (por ejemplo, certificado de estudios, contrato de trabajo...).
La solicitud puede presentarse en la dirección o comisaría de policía competente según el lugar de residencia en la República de Croacia o en la embajada o consulado competente de la República de Croacia en el extranjero.
En caso de emigración permanente de la República de Croacia, se presenta una solicitud de cancelación del registro de residencia, y se adjunta a la solicitud lo siguiente:
- documento de identidad y
- certificado de domicilio en el país en que la persona reside.
La solicitud se presenta personalmente, y para los hijos menores de edad la solicitud la presentan los padres o representantes legales.
La tasa consular se cobra de acuerdo con la Ley de Tasas Administrativas y el pago no es posible en efectivo.
La información sobre la residencia de los ciudadanos croatas está disponible en las páginas web del Ministerio del Interior de la República de Croacia.
El formulario está disponible en el enlace.
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